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4to Programa Grabado
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5to Programa Grabado
Este es un resumen de los cuatro programas anteriores.12JUL2008
6to Programa Grabado
Información sobre Capítulo 7 y 13 de la ley de quiebra .19JUL2008
7mo Programa Grabado
Que hacer cuando uno es un codeudor. 26JUL2008
8vo Programa Grabado
Información sobre quiebra en Puerto Rico. 2AGOSTO2008
9no Programa Grabado
Mitos sobre entregar un auto. 16AGOSTO2008
10mo Programa Grabado
Deudas de autos, casas, hacienda y asume. 23AGOSTO2008
11mo Programa Grabado
Las ventajas y beneficios que brinda la ley de quiebra. 30AGOSTO2008
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AYUDA CON LOS PRÉSTAMOS ESTUDIANTILES

¿Puedes radicar una petición de quiebras y deshacerte de los préstamos estudiantiles?

La respuesta es sencilla: No, con una excepción limitada.  ¿Qué es la excepción limitada?

Básicamente en la mayoría de los tribunales se ha sostenido que si pruebas que estás permanentemente y totalmente incapacitado para trabajar por el resto de la vida y que no podrías de ninguna forma pagar el préstamo estudiantil, solo en este caso podrías deshacerte del. Suena duro Pero lamentablemente es así.

¿Entonces que más puede hacer la quiebra con los préstamos estudiantiles?

Ya sabes que no puedes deshacerte de los préstamos estudiantiles pero puede poner el préstamo estudiantil bajo la protección de la ley de quiebras y detener el pago del mismo durante un máximo de 5 años en un Capítulo 13 y esto te puede dar algún espacio y la oportunidad de obtener un mejor trabajo o mejor paga, de manera que estés en una mejor posición financiera para pagar tus préstamos estudiantiles y un mejor estado de ánimo para hacerle frente a ellos. Mientras estés bajo la protección de la ley de quiebras nadie puede cobrarte el préstamo estudiantil. ¡Eso es un alivio!    

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